Policía Judicial de la Guardia Civil: Composición y funciones

¿Queréis saber más sobre la policía Judicial de la Guardia Civil y su funcionamiento? En tal caso, seguro que el artículo de hoy os resultará muy interesante.

La Policía Judicial es una de las grandes herramientas de auxilio a la administración de justicia. Nos preguntáis muchas veces qué es y qué dice la ley. También cómo operan las unidades de Policía Judicial. ¡Vamos a ello!

Como se establece en el artículo 126 de la Constitución, la Policía Judicial (Guardia Civil) depende de los Jueces, Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la Ley establezca.

Hay que destacar que este mandato constitucional ha venido a ser desarrollado por la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el título III de su libro V (artículos 443 a 446), y más recientemente, por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que, en el capítulo V de su título II, configura las que denomina «Unidades de Policía Judicial».

 

Principales funciones de la Policía Judicial de la Guardia Civil

No solo la Guardia Civil tiene cometidos de Policía Judicial. En el cumplimiento de sus funciones, los funcionarios adscritos a Unidades de Policía Judicial dependen orgánicamente del Ministerio del Interior y funcionalmente de los Jueces, Tribunales o Ministerio Fiscal que estén conociendo del asunto objeto de su investigación (CAPÍTULO V. De la organización de Unidades de Policía Judicial. Artículo 31 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).

Según se establece en la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (TÍTULO III. De la Policía Judicial), la función de la Policía Judicial comprende el auxilio a los juzgados y tribunales y al Ministerio Fiscal en la averiguación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes. Esta función competerá, cuando fueren requeridos para prestarla, a todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tanto si dependen del Gobierno central como de las comunidades autónomas o de los entes locales, dentro del ámbito de sus respectivas competencias (Artículo 547).

Funciones

  1. Corresponden específicamente a las unidades de Policía Judicial las siguientes funciones:

a) La averiguación acerca de los responsables y circunstancias de los hechos delictivos y la detención de los primeros, dando cuenta seguidamente a la autoridad judicial y fiscal, conforme a lo dispuesto en las leyes.

b) El auxilio a la autoridad judicial y fiscal en cuantas actuaciones deba realizar fuera de su sede y requieran la presencia policial.

c) La realización material de las actuaciones que exijan el ejercicio de la coerción y ordenare la autoridad judicial o fiscal.

d) La garantía del cumplimiento de las órdenes y resoluciones de la autoridad judicial o fiscal.

e) Cualesquiera otras de la misma naturaleza en que sea necesaria su cooperación o auxilio y lo ordenare la autoridad judicial o fiscal.

Curso de Ingreso en la Guardia Civil 2021-2022

2. En ningún caso podrán encomendarse a los miembros de dichas unidades la práctica de actuaciones que no sean las propias de la Policía Judicial o las derivadas de las mismas (Artículo 549).

Funciones de la Policía Judicial

Las funciones específicas de la Policía Judicial de la Guardia Civil son:

  • Organizar y gestionar la obtención, recepción, tratamiento, análisis y difusión de la información de interés para el orden y seguridad pública en al ámbito de las funciones propias de la Guardia Civil.
  • La utilización operativa de la información, especialmente en materia antiterrorista en el ámbito nacional e internacional.
  • Organizar y gestionar la investigación y persecución de los delitos y faltas.
  • Desarrollar los servicios de criminalística, identificación, analítica e investigación técnica.

Policía Judicial de la Guardia CivilOtra cuestión fundamental es «quién dirige» la policía judicial. En cuanto a su dependencia, en las funciones de investigación penal, la Policía Judicial actuará bajo la dirección de los juzgados y tribunales y del Ministerio Fiscal.

Los funcionarios de Policía Judicial a quienes se hubiera encomendado una actuación o investigación concreta dentro de las competencias a que se refiere el artículo 547 de esta ley, no podrán ser removidos o apartados hasta que finalice la misma o, en todo caso, la fase del procedimiento judicial que la originó, si no es por decisión o con la autorización del juez o fiscal competente (Artículo 550).

Los funcionarios adscritos a las Unidades de Policía Judicial desempeñarán esa función con carácter exclusivo, sin perjuicio de que puedan desarrollar también las misiones de prevención de la delincuencia y demás que se les encomienden, cuando las circunstancias lo requieran, de entre las correspondientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (CAPÍTULO V. De la organización de Unidades de Policía Judicial. Artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).

Organización y estructura y misiones específicas de la Policía Judicial de la Guardia Civil

La Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil depende de la Subdirección General de Operaciones.

A su vez, de la Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil dependen:

  • La Unidad Central Operativa (UCO)
  • La Unidad Técnica de Policía Judicial (UTPJ)
  • El Servicio de Criminalística

La Unidad Central Operativa (UCO)

Como Unidad específica, le corresponden las siguientes misiones:

  • Investigar y perseguir los asuntos relacionados con la delincuencia organizada, económica, internacional y aquella otra cuyas especiales características así lo aconsejen.
  • El establecimiento y mantenimiento del enlace, coordinación y colaboración con otros servicios afines, nacionales e internacionales.

La Unidad Técnica de Policía Judicial (UTPJ)

Tiene como misión auxiliar técnicamente al Jefe de la Policía Judicial de la Guardia Civil en sus funciones. Como Unidad específica le corresponden las siguientes misiones:

  • Centralizar los datos en el ámbito de la delincuencia que sean de interés para la acción del mando y la operatividad de las Unidades Orgánicas periféricas, elaborando las normas técnico-operativas de funcionamiento
  • Centralizar la gestión de los archivos manuales o informáticos de delincuencia, y materializar la cooperación e intercambio de información con otros organismos afines, nacionales y extranjeros.
  • Encuadrar a efectos administrativos al personal del Cuerpo de la Guardia Civil destinado en Interpol, Europol, Sirene y demás órganos compartidos con policías nacionales y extranjeras.

El Servicio de Criminalística

Veamos sus misiones:

  • Coadyuvar al esclarecimiento de los hechos penales, mediante la aplicación de técnicas y procedimientos científicos especiales
  • Elaborar los informes periciales y técnicos que demanden los Órganos Judiciales y las Unidades de Investigación.
  • Identificar personas en sucesos con víctimas múltiples, prestar los apoyos técnicos operativos que se le ordenen y la investigación científica en su ámbito.

Técnicamente, las Unidades Orgánicas de Policía Judicial (UOPJ de la Guardia Civil) territoriales, tienen como misión desarrollar las funciones específicas de Policía Judicial por razón del territorio o especialización técnica.

Dicha dependencia será sin perjuicio de la funcional que estas unidades de la Guardia Civil tengan respecto de los órganos jurisdiccionales y el Ministerio Fiscal.

 

¿Cómo acceder a la Policía Judicial de la Guardia Civil? Requisitos para acceder a la Policiía Judicial de la Guardia Civil

En todo caso, la Policía Judicial constituye una función cuya especialización se cursará en los Centros de Formación y Perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con participación de miembros de la Judicatura y del Ministerio Fiscal, o, complementariamente, en el Centro de Estudios Judiciales.

Es decir, para poder acceder a estas unidades es necesario un curso de Policía judicial en la Guardia Civil o en el cuerpo en que se encuentre el candidato en los centros de formación habilitados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para tal efecto, además de la titulación específica para la rama o campo al que se quiera optar (delitos informáticos, biología, grafística, ingeniería…

La posesión del diploma correspondiente será requisito necesario para ocupar puestos en las Unidades de Policía Judicial de la Guardia Civil, Policía Nacional, Policía Municipal, etc., que se constituyan.

Si tienes cualquier duda o sugerencia puedes ponerte en contacto con Academia Avefor llamándonos al 974 24 45 34 —o te llamamos— o escríbenos a info@avefor.com

21 comentarios en «Policía Judicial de la Guardia Civil: Composición y funciones»

  1. Muy buenas, soy ingeniero civil especialidad hidráulica, y estoy interesado en entrar en la guardia civil. Me gustaría obtener información a cerca de la especialidad de Policía Judicial. ¿Con mi carrera puedo acceder? ¿Puedo hacer algún curso que pueda complementarme o ayudarme a la hora de acceder a esta especialidad ? Gracias de antemano.

  2. Hola, Andrés:
    Si cumples con todos los requisitos puedes acceder. Quién mejor te puede ayudar es la Jefatura de Enseñanza de la propia Guardia Civil. Saludos y gracias por comentar.

  3. Buenas tardes,
    En este momento estoy cursando 4 de la ESO. Me gustaría en un futuro trabajar en la UCO, pero no se que estudios necesito realizar ni como acceder. Agradecería que me aclarara como acceder y que titulaciones necesito.
    Si no estoy realizando la pregunta en el lugar adecuado agradeceria que me remitiera a alguna pagina web o número telefónico en el que pudieran ayudarme.
    Muchas gracias de antemano.

  4. Buenos días, Rocío:
    Quien mejor te puede informar sobre ese tema es la la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil. Te dejamos los números de atención telefónica 915.146.470, 915.146.471, 915.146.486 y 915.146.000 (ext. 42982) y el correo electrónico: en-jefensenanza-selección@guardiacivil.org.
    Muchas gracias por preguntar.
    Saludos.

  5. Buenas tardes,

    He escrito a la dirección de correo electrónico que has facilitado para informacion de los requisitos y me han devuelto el mail por que es incorrecta, y los telefonos a los que llamo no me cogen la llamada. Sabes de que otra manera me puedo poner en contacto??

    Soy Licenciada en Administración y dirección de empresas con especialidad en auditoría, con experiencia profesional de 8 años en el sector de la auditoría y creo que podria encajar en este tipo de trabajo. Pero no se si puedo acceder al mismo, o si es una escala muy baja.

    Muchas gracias

  6. Hola, María:
    Prueba entonces con esta dirección: ingreso-gc@guardiacivil.org.
    Es la dirección que aparecía en el último comunicado de la Jefatura. La página oficial de la GC para ingreso es esta: http://ingreso.guardiacivil.es/. Ahí aparen los teléfonos que te habíamos copiado antes: 915 146 470 y 915 146 471.
    Y en esta otra es donde se publican los comunicados de prensa relativos al ingreso en el Cuerpo, como la nota informativa de la que hablábamos al incio.

  7. Hola, entonces alguien que tenga un Grado Medio NO puede acceder siquiera al curso de formación una vez dentro de la Guardia Civil? Un saludo.

  8. Hola, Raúl:
    Para cualquier asunto relacionado con las convalidaciones y estudios, es mejor que contactes con la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil en ingreso-gc@guardiacivil.org y en 915 146 470 y 915 146 471. Así te aseguras de tener la respuesta oficial.
    Gracias por comentar.
    Saludos

  9. Hola me llamo sara en estos momentos estoy en bachillerato me gustaría saber que tengo que hacer después para especializarme en policia judicial

  10. Hola, Sara:
    Ponte en contacto con la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil. Allí te dirán los pasos.
    Saludos.

  11. Hola!
    Me gustaría saber si puedo tener acceso a la policía Judicial de la Guardia Civil; en concreto estaría interesada en la parte de delitos telemáticos.
    Tengo el título de Ingeniero Superior en Informática. Hace varios años había oposiciones de escala ejecutiva para poder acceder con titulación, pero creo que estas ya no existen. ¿Debería intentar el acceso desde la escala básica? En caso de entrar, para acceder a esta ‘rama’, ¿debería hacer curso y oposiciones de nuevo?, ¿cuánto tiempo tendría que estar en el cuerpo antes de poder acceder a la especialidad?

    Espero sepan resolver mis dudas. Muchas gracias de antemano y un saludo!

  12. Hola, María:
    En la propia página del Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil te explica las forma de acceder a esta unidad.

    Acceso al Grupo de Deltios Telemáticos de la Guardia Civil

    En el TÍTULO IV. Enseñanza en la Guardia Civil. CAPÍTULO II Acceso. Artículo 32. Modalidades de acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil, de la Ley sobre Régimen de Personal de la Guardia Civil puedes encontrar información sobre las formas de acceso.

    En cualquier caso, lo mejor que puedes hacer para que te digan cuáles son las formas de acceso, es escribir directamente a la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil.

    Muchas gracias por preguntar.
    Saludos,
    AVEFOR

  13. Hola buenas! Tengo la carrera de derecho y un máster en abogacía. Me preguntaba si para meterme al cuerpo más alto de la policía judicial haría falta algún requisito más como el idioma por ejemplo.
    Muchas gracias y un saludo.

  14. Hola, Juan.
    Lo primero, muchas gracias por contactar con AVEFOR.
    En cuanto a tu consulta, te recomendamos que te pongas en contacto directamente con la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, en donde te podrán resolver tu duda y cuantas otras te surjan con el proceso. Estos son sus datos:
    Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, Servicio de Selección y Formación, C/ Guzmán el Bueno 110, 28003-Madrid

    Teléfonos 915146470, 915146486, 915142982, fax nº 915146483,

    Correo electrónico: en-jefensenanza-seleccion@guardiacivil.org

    De nuevo, muchas gracias.
    Saludos,
    AVEFOR

  15. Hola. No soy policía, soy escritor. Estoy con una novela policíaca. Me gustaría saber cómo actúa la UCO (si envían a una sola persona a resolver un homicidio, si hay un equipo…), cómo son los rangos (suponiendo que solo se envíe a una sola persona, si esta es sargento, cabo…) y cómo hacen los interrogatorios (si son solo ellos, si hay otro grupo para eso, si se hacen en una sala especial como en las películas…). Además, suponiendo que hubiese una desaparición en un bosque ¿Quién se encargaría de la búsqueda?

    Pd: Muchas gracias, esta publicación me ha sido de gran ayuda.

  16. Hola, escribo porque tengo la duda de que podría hacer con mi carrera de psicología siendo ya guardia civil? Me pregunto si hay alguna unidad donde ser Psicóloga y aplicar mi carrera de alguna manera. Gracias de antemano.

  17. Buenos días, hay muchas especialidades en las que se puede aplicar la carrera de psicología. Básicamente hay psicólogos destinados en todas las unidades a nivel Comandancia. Además en Madrid existe el gabinete de psicología, que es el que planifica y organiza todo lo que tiene que ver con la Psicología en la Guardia Civil, desde pruebas de ascenso e ingreso, a campañas a nivel nacional para mejorar la salud psicológica de los guardias civiles. En unidades tipo UCO y otras de investigación hay psicólogos que pueden ayudar a perfilar criminales, interrogatorios u otras labores de investigación. En las unidades tipo EMUME, las que llevan o tienen que ver con las mujeres víctimas de violencia de género o menores, suele haber psicólogos. En estas últimas no son imprescindibles, pero sí son apreciados esos conocimientos y creo que los estudios forman parte del baremo para acceder a esos destinos. Espero que le sea de utilidad. Saludos cordiales

Los comentarios están cerrados.